— enero 27, 2021 a las 11:31 am

Organizaciones indígenas de Perú piden cancelar mediante acción de amparo proyecto de consorcio chino: Hidrovía Amazónica

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Foto: ProInversión

La Federación de Comunidades Nativas de Ucayali (Feconau) y la Organización Regional Amazónica de Ucayali (ORAU) con la asesoría técnica del IDL, presentaron acción de amparo ante el Poder Judicial que pide la cancelación del megaproyecto del consorcio chino: Hidrovía Amazónica, debido a que no cuenta con el Estudio de Impacto Ambiental (EIA) aprobado y porque hasta la fecha no hay información científica del impacto que tendrá el proyecto en los cuatro ríos que  involucra la obra: Huallaga, Ucayali, Marañón y Amazonas.

La Hidrovía Amazónica es considerada como el proyecto de navegabilidad fluvial más importante del Perú, con un transporte fluvial permanente –360 días del año, durante las 24 horas del día- a lo largo de 2,678 kilómetros, es un proyecto que no ha medido el impacto social de los pueblos indígenas y poblaciones ribereñas que viven alrededor de los ríos Huallaga, Marañón, Ucayali y Amazonas; que tienen como principal fuente de alimentación el consumo de pescado.

Este mega proyecto tiene una serie de cuestionamientos desde el inicio de su proceso de ejecución, por ejemplo el 2014 las poblaciones indígenas han tenido que recurrir al Poder Judicial para el cumplimiento de la consulta previa, hasta el año pasado la empresa concesionaria no había levantado las 400 observaciones de su Estudio de Impacto Ambiental detalllado (EIA-d), que contempla 60 observaciones de la Autoridad Nacional del Agua (ANA), 60 más del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas (SERNANP) y más de 200 observaciones de otras instituciones públicas.

Hidrovía Amazónica vulnera el deber de promover la conservación y la diversidad biológica y el desarrollo sostenible de la Amazonía.

Pese a ello, el año pasado el Ministerio de Transporte y Comunicaciones aprobó una adenda del proyecto que pasa de 20 a 23 años el periodo de concesión del proyecto, además de casi duplicar las áreas donde se dragarían los ríos sin proceso de consulta previa. Debido a este largo expediente, las organizaciones indígenas de Loreto y Ucayali han recurrido a instancias legales porque el proyecto vulnera el derecho a la seguridad alimentaria de las poblaciones indígenas, y afecta la cosmovisión que tienen con los ríos.

El Ministerio de Cultura a través del Viceministerio de Cultura ha reconocido en un informe técnico la especial relación que existe entre los ríos y los pueblos indígenas. “En la cosmovisión de los pueblos indígenas de la región amazónica, el río forma parte integral de su territorio y lleva consigo un firme valor cultural que se expresa en cómo este es utilizado por ellos, y en la relación espiritual, social, económica y ecológica que entre los pueblos y el río se establece”.

La Hidrovía no solo vulnera derechos de los pueblos originarios, sino también hay riesgos ambientales, así lo confirma un estudio realizado por la organización Wildlife Conservation Society (WCS), el primer riesgo son los impactos no previstos como consecuencia de acciones de dragado u otros. Otro riesgo ambiental se refiere a impactos no previstos que pueden afectar el medio físico (aire, geomorfología fluvial, dinámica hídrica y sedimentológica, agua, sedimentos y la estabilidad costera), el medio biológico (biota acuática, biota terrestre y Áreas Naturales Protegidas) y el medio socioeconómico (actividad pesquera y navegación deportiva y recreativa, navegación comercial, recreación costera patrimonio arqueológico, uso de la vía navegable, entre otros).

Mapa Hidrovía Amazónica, fuente: Ernesto Tuesta

Para Jorge Abad, director ejecutivo del Centro de Investigación y Tecnología del Agua – CITA de la Universidad de Ingeniería y Tecnología, el Estudio de Impacto Ambiental de este proyecto no tiene una mirada integral de los cuatro ríos que están conectados; y que además no contempla mediciones del transporte de sedimentos a pesar de que se va a dragar los ríos.

“Es importante entender el río, no puedes venir y decir vamos a dragar por 20 años y en el camino vemos qué pasa, eso no se puede admitir porque los ríos de la Amazonía peruana son muy diversos. Hay que agregar a ello las consecuencias que puede haber a la biodiversidad, es decir a los ríos como hábitat, estos componentes no se han tomado en cuenta a profundidad, y no han sido considerados en los términos de referencia, y tampoco en los siguientes estudios que se han realizado”, señala Abad.

Pues el proyecto Hidrovía implica el dragado o intervención de los ríos (remoción de rocas y otros materiales) a fin de que los cuatro ríos que involucra al proyecto tengan suficiente profundidad y permita el transporte de navíos comerciales y de carga. Aunque no hay estudios suficientes que permitan saber cómo el dragado afectará la dinámica de los ríos, a los peces y otros ecosistemas relacionados. En consecuencia, tampoco puede medirse cómo se afectaría la vida de las comunidades aledañas, cuyas riberas son habitadas por 424 comunidades nativas.

El proyecto impulsado por Proinversión y el Ministerio de Transporte tendrá impacto directo en las comunidades indígenas de Loreto y Ucayali, entre ellos al pueblo Shipibo- Conibo.

La acción de amparo sostiene que, la remoción de sedimentos aumentaría los niveles de elementos potencialmente perjudiciales a la salud humana en cuerpos de agua que son la única fuente de agua de muchas comunidades a lo largo del proyecto Hidrovía Amazónica y que no se está considerando la salud humana y los posibles efectos que la suspensión de sedimentos con arsénico y otros elementos químicos, hidrocarburos, bacterias patógenas, entre otros, contaminantes que aparecen en la línea base de calidad de sedimentos del proyecto Hidrovía Amazónica. “Estos contaminantes pueden afectar, entre otras, a las 79 especies de consumo humano más importantes en la Amazonía peruana”.

Para las comunidades indígenas esto significa una grave amenaza a sus vidas, ya que dependen de la pesca para subsistir, pues es la principal fuente de proteína de las comunidades nativas, no solo representa una importante fuente de alimentación sino también es una actividad económica, social y cultural.

De acuerdo a diversos estudios, uno de los ríos a dragar (río Ucayali), es el área con mayor producción pesquera en la Amazonía, en el bajo Ucayali una sola expedición de estudio de la diversidad de peces ha registrado hasta 154 especies; por lo que el proyecto podría afectar de manera grave la economía regional y la alimentación de la población.

Según estudios de Hernán Ortega Lista anotada de los peces de aguas continentales del Perú: Estado actual del conocimiento, distribución, usos y aspectos de conservación”, y WCS: “La Hidrovía Amazónica y su impacto en la pesca”, en el río Ucayali, en el tramo donde se ubican los ‘malos pasos’, se han identificado hasta 190 zonas de pesca, y en dos expediciones realizadas cerca de los poblados de Contamana y Requena se registraron la presencia de 154 y 102 especies de peces; esto valores representan entre el 10 % y el 14 % de todas las especies de peces reportadas para el Perú.

“Los llamados ‘malos pasos’ son resultado del transporte de los sedimentos que los forman y tienen un impacto directo en la morfología del río y en la creación de diferentes tipos de hábitats como cochas, playas y restingas”, sostiene el documento de WCS.

El comercio y exportación de peces ornamentales también provee ingresos económicos importantes a la economía regional de Loreto. El río Ucayali es una de las principales zonas de pesca de peces ornamentales representando el 32% del total de las exportaciones de los acuarios de Iquitos. Otra especie de alto valor para la exportación son las larvas de “arahuana” (Osteoglossum bicirrhosum), que han sido una de las más explotadas por esta actividad económica en la Reserva Nacional Pacaya Samiria.

El Convenio 169 de la OIT exige que los EIA debe evaluar los impactos sociales, culturales y espirituales de los pueblos indígenas. Además que debe hacerse en colaboración con ellos.

Según datos oficiales de la (DIREPRO-L), durante el periodo 2015-2017, la producción pesquera de los ríos Marañón, Ucayali y Huallaga fue cerca de 21 mil toneladas métricas. La producción pesquera en Loreto es dominada por las zonas de pesca del río Ucayali, que representa un 70% del total del período 2015-2017.

Destaca la demanda que inicialmente el proyecto consideraba el dragado de 13 malos pasos, el Estudio de Ingeniería (EDI) elaborado posteriormente, elevó la cifra a 20 malos pasos, casi el doble. Señala la demanda que no se conoce cuánto sedimento existe en el cauce de estos ríos, por tanto, no se puede determinar cuánto material es necesario dragar.

Cancelación del proyecto

Organizaciones indígenas realizaron balance sobre proyectos que amenazan sus territorios

“Desde el FECONAU y ORAU, conjuntamente estamos haciendo una demanda de amparo para la cancelación total de la Hidrovía Amazónica porque en consulta previa los acuerdos que se han tomado no han sido respetados por parte del Estado, por eso este proyecto no responde a las demandas que tienen los pueblos indígenas, más bien nos perjudica, porque va a contaminar sus bosques, sus ríos. Es un proyecto que no va a beneficiar directamente a las comunidades porque para empezar nosotros no tenemos barcos grandes que puedan llevar los productos desde Pucallpa hacia Brasil por eso creemos que es un proyecto que va a beneficiar directamente a las grandes empresas”, denuncia el líder indígena Miguel Guimaraes, presidente de FECONAU.

Ismael Vega, director del Centro Amazónico de Antropología y Aplicación Práctica (CAAAP) añade que este megaproyecto afectaría a la vida de 424 comunidades y más de 14 pueblos indígenas, advierte que el impacto no solo sería a las comunidades, sino también a las ciudades, porque gran parte de la población de Loreto y Ucayali depende su alimentación de los peces de los ríos. “La demanda de amparo es porque Hidrovía Amazónica constituye una amenaza al derecho fundamental a disfrutar de un medio ambiente equilibrado y adecuado para la vida, afectaría de manera especial el principio precautorio, que es el principio que exige y obliga al Estado peruano a prevenir los graves impactos que generaría un proyecto como este en los ríos donde se va a ejecutar este proyecto”.

La acción de amparo presentada en el Poder Judicial solicita la cancelación del mega proyecto chino Cohidro hasta que haya certeza científica de que la obra Hidrovía Amazónica no afectará a los ríos. La medida legal interpuesta es contra la empresa y los organismos del Estado que promueven proyectos de inversión en el país, como la Agencia de Promoción de la Inversión Privada (Proinversión), el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), y contra el Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles (SENACE), debido a que el proyecto constituye una amenaza inminente a la vida de las poblaciones indígenas, ribereñas y de los caseríos, señala el documento.

“Hay muchas observaciones por parte de la misma entidad quien hace la evaluación, es por eso que estamos presentando la demanda de amparo, porque creemos considerable de que un trabajo mal hecho, sin el debido estudio que garantice absolutamente la seguridad territorial, ambiental, social y económico en nuestras propias comunidades no podemos seguir pensando de tener este proyecto, que no va a beneficiar a ninguna de nuestras comunidades”, sostiene el presidente de ORAU, Berlín Díquez.

La demanda pide además de la anulación de la Resolución Directoral 702-2015MTC/16 del 28 de setiembre de 2015 que aprueba los términos de referencia del EIA del proyecto, debido a que no cumplen los estándares internacionales de cumplimiento obligatorio en materia de EIA de proyectos extractivos en territorios de pueblos indígenas. Sostiene que, al momento de aprobarse nuevamente los términos de referencia del nuevo EIA del proyecto, se cumpla con el Convenio 169 de la OIT y la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Créditos vídeos: Centro Amazónico de Antropología y Aplicación Práctica (CAAAP)

Y que el SENACE, al momento de aprobar nuevamente los TDR del nuevo EIA, exija al operador del proyecto, realizar un estudio toxicológico sobre el impacto del proyecto y una caracterización de los potenciales impactos toxicológicos sobre el ecosistema, la salud humana y los medios de vida de la población indígena.

El documento sostiene que el EIA debe ser elaborado en colaboración con los pueblos indígenas que serán afectados por el proyecto y que debe ser elaborado por consultoras independientes, y no como el caso de Hidrovía, donde la consultora fue contratada por el consorcio a cargo del proyecto, careciendo así de independencia e imparcialidad.

La demanda sostiene que el EIA debe evaluar los impactos acumulados en el lugar donde se pretende realizar el proyecto en relación con otros proyectos extractivos y de infraestructura pública, hecho que no ocurre en el caso de este megaproyecto, donde no se evalúa el impacto de remover ríos que han registrado sistemáticamente derrames de petróleo.

Finalmente, demandan que la elaboración del EIA debe ser fiscalizada totalmente por el Estado y los organismos supervisores competentes. Esta fiscalización no solo debe darse al inicio, como ocurre con este proyecto, que solo fue fiscalizado al inicio por el SENACE, pero no a lo largo de todo el procedimiento.

El consorcio peruano Chino Cohidro ha sido obligado mediante acción legal a implementar el proceso de consulta previa a los pueblos indígenas que involucra la mega obra

Omisión de consulta previa

La lucha de los pueblos indígenas por el respeto al derecho a la consulta previa se remonta a hace más de ocho años. En el 2012, las organizaciones de los pueblos indígenas demandaron que el proyecto pasara por la consulta previa, conforme lo establece el Convenio 169 de la OIT sobre los Derechos de los pueblos Indígenas. Para la consulta previa del proyecto, los pueblos indígenas u originarios identificados fueron: achuar, ashaninka, awajún, bora, capanahua, kichwa, kukama kukamiria, murui muinani, shawi, shipibo-konibo, tikuna, urarina, yagua y yine. Estos pueblos se encuentran asentados en las regiones de Loreto y Ucayali.

El 17 de octubre de 2014, el Juzgado Mixto de la Provincia de Loreto – Nauta ordenó suspender el proyecto Hidrovía hasta que el MTC realice la consulta previa a los pueblos afectados. En marzo de 2015, la Sala Civil de Loreto confirmó la sentencia de primera instancia y precisó que el proyecto se suspendía hasta la culminación del proceso de consulta previa.

Es decir, el consorcio chino tuvo que acatar la orden judicial, así el proceso de consulta previa concluyó en el año 2015, donde participaron 424 comunidades, pese a ello, el EIA detallado (EIA-d) del proyecto consideró a menos de la mitad: 202. De ellas, 24 fueron declaradas en el área de influencia directa y 178 en el área indirecta.

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