— noviembre 26, 2018 a las 1:17 pm

Javier Mujica: “El Estado chino tiene obligaciones para prevenir hechos como los de Shougang”

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En Perú se han presentado cuatro casos de empresas mineras chinas que vulneran derechos ante la ONU, entre ellos está la empresa Shougang, que desde el inicio de sus operaciones no cumple con los derechos laborales y sindicales de sus trabajadores.

Javier Mujica, Abogado laboralista y Director de Perú Equidad nos explica por qué la República Popular China tiene responsabilidad sobre esta y otras empresas chinas con operaciones extraterritoriales.

Por Shia Inguil

P.- ¿Por qué la República Popular China debería hacerse cargo de las vulneraciones de los DD.HH. que cometen empresas chinas en otros países?
R.-
China ha declarado de múltiples formas -no solo ratificando tratados internacionales en materia de derechos humanos, sino también adscribiéndose a organizaciones internacionales relacionadas con el negocio de las industrias extractivas mineras- que sus empresas se ajustarán a un comportamiento socialmente responsable y que respetarán los derechos humanos en general y los derechos laborales en particular, en aquellas explotaciones mineras en las cuales China participe a través de sus empresas que están en el resto del mundo.

La República Popular China quiere jugar en las grandes ligas internacionales de la economía mundial. Esto habla de las organizaciones internacionales conformadas por las propias empresas que están en la industria extractiva de la minería de todo el mundo. Las empresas más poderosas en este ramo producto de la presión de la sociedad civil internacional se han visto obligadas a adoptar estándares o protocolos, que las comprometen a respetar la legislación de los países donde actúan; y, especialmente, a declarar su compromiso de respetar los derechos humanos en general; naturalmente, dentro de estos, los derechos fundamentales de los trabajadores. La propia Cámara de Comercio China de Importadores y Exportadores de Metales, Minerales y Productos químicos (CCCMC), y otros que tiene China, ha hecho una declaración respecto a sus principios rectores sobre responsabilidad social de las empresas chinas que actúan en terceros países, en el campo de la minería, por ejemplo. Y estas actuaciones deberían constituir un aliciente adicional al de la obligación básica que tienen de respetar estos derechos. Infortunadamente, estas prácticas, que han sido denunciadas en varios informes, no van en esta dirección. Y esto nos obliga a llamar la atención de estos organismos internacionales respecto del valor que las empresas les atribuyen a sus propios protocolos o estándares en materia de responsabilidad social corporativa o de respeto a los derechos humanos.

P.- Shougang es una de las empresas que más faltas a los derechos laborales ha cometido. ¿Cuál es el historial laboral de esta empresa?
R.-
La empresa Shougang Hierro Perú de capitales chinos tiene un largo historial de malas prácticas en materia laboral. Algunos de los aspectos más destacados de estas malas prácticas están relacionados con la hostilidad que la empresa tiene respecto al ejercicio de las libertades sindicales del derecho de asociación sindical y el derecho a la negociación colectiva para mejorar las condiciones de empleo y de vida de los trabajadores. Otra mala práctica está relacionada con la reducción sustancial de la relación directa de los trabajadores para ser reemplazada por personal tercerizado -en muchas ocasiones no justificadas e incluso desnaturalizadas legalmente- que ha conducido a que, en el lapso de unos cinco o seis años, se haya invertido la proporción de trabajadores en relación directa a trabajadores en relación indirecta.

Por ejemplo, el año pasado la empresa (Shougang) superó los dos mil trabajadores contratados a través de empresas tercerizadas, el empleo bajo este tipo de modalidad de contratación condiciona el acceso a los derechos para una parte de esos trabajadores; al mismo tiempo evita que los trabajadores puedan organizarse en sindicatos. Otro problema en materia laboral presente en Shougang es la carencia de garantías en la seguridad y salud de los trabajadores. El incumplimiento de las normas y el reglamento se manifiesta en las elevadas tasas de siniestralidad laboral. Finalmente, esta empresa presenta serios problemas de discriminación salarial, tiene una política de despidos masivos.

P.- ¿Quiénes deberían encargarse de la fiscalización de estos comportamientos que vulneran derechos laborales básicos?
R.-
Estas circunstancias deberían ser fiscalizadas por la Autoridad Administrativa de Trabajo, lamentablemente han recibido poco respaldo. Los procedimientos administrativos y judiciales que se han hecho para revertir estas situaciones de transgresión de la legislación en materia laboral han tenido poco impacto y han tenido pocos resultados efectivos para garantizar los derechos de los trabajadores. Esto es un problema muy serio porque, por un lado, el Estado peruano tiene la obligación de proteger a sus ciudadanos en el ejercicio de sus derechos, y eso incluye naturalmente a los trabajadores de Shougang Hierro Perú. Al mismo tiempo, el Estado chino tiene obligaciones en materia de derechos humanos y obligaciones extraterritoriales que lo obligan a prevenir hechos como los de Shougang; impedir que, una vez verificados, se repitan, y asegurar que las víctimas de estas violaciones de derechos básicos sean remediadas y reparadas. Esto, lamentablemente, no está ocurriendo.

P.- Respecto a la tercerización que menciona. ¿Cuál es el impacto en cuanto a los derechos de los trabajadores?
R.-
La principal consecuencia es el acceso discriminatorio al ejercicio de derechos. Tanto los trabajadores contratados directamente por Shougang Perú como los trabajadores de las empresas tercerizadas desempeñan labores al servicio de una misma empresa que es Shougang; sin embargo, unos merecen un tipo de tratamiento en cuanto a sus beneficios laborales y otros un tratamiento discriminado e inferior. Los trabajadores de las contratistas tienen menos salarios y, por lo normal, tienen peores condiciones de empleo que los trabajadores contratados directamente. Al mismo tiempo, al referir los trabajadores de una manera fragmentada a varios services o contratistas, se está bloqueando la posibilidad de un proceso de asociación único de todos los que trabajan para Shougang, bajo la consigna de este principio maquiavélico de “divide y vencerás”. Así, en la práctica se evita que los trabajadores puedan recurrir a esta forma natural y respetada en el mundo civilizado: la asociación sindical, que tiene como objetivo mejorar las condiciones de vida y de trabajo de los trabajadores.

P.- Han sido 16 huelgas las realizadas por los trabajadores de Shougang para exigir mejoras en las condiciones laborales ¿Cuáles son las implicancias de las huelgas, que además son sumamente desgastantes para los trabajadores?
R.-
En Shougang Perú hay un récord de cerca de 16 años de huelgas. Todos esos años los trabajadores han tenido que sacrificar sus salarios porque dejan de recibirlos en el intento por conseguir mejoras en ese proceso de negociación colectiva, en esa aspiración de firmar un convenio colectivo que mejore sus condiciones de empleo. Estas huelgas son un claro indicador de que Shougang no tiene un manejo socialmente responsable de sus relaciones colectivas de trabajo con quienes están organizados sindicalmente. Una manera de solucionar estos conflictos sin llegar a la huelga sería apelar a la vía del arbitraje, donde las partes someten a un tercero, autónomo e independiente, la decisión sobre lo que se hará en materia de condiciones de trabajo en el convenio colectivo. Desafortunadamente, en el caso de Shougang se ha problematizado esta vía porque se conocen los laudos arbitrales. La empresa judicializa estos procedimientos porque no está llana a reconocer como una vía para solucionar los conflictos colectivos.

P.- La población denuncia contratos que Shougang realiza a través de convenios interinstitucionales con personal policial, ¿esto es legal?
R.-
Esto se da y, no creo que sea casualidad, de manera casi concertada en muchos proyectos de industrias extractivas mineras. Tenemos al caso Las Bambas, el caso Yanacocha. Estos acuerdos no son legales. La Policía Nacional del Perú es un órgano de la función pública, que no debería responder a los intereses de una parte en contra de los de la otra parte. No puede ser mercenarizada a través de estos contratos de seguridad al servicio de las empresas. Incluso estos servicios se prestan de manera uniformada, lo cual es una aberración que en ninguna otra parte del mundo sería aceptable. Cuando la Policía Nacional del Perú se pone al servicio de las empresas que violan los derechos de las comunidades, que contaminan el ambiente, que violan los derechos de los trabajadores, el Estado pierde su legitimidad como órgano que representa los intereses del bien público. Algunas autoridades y órganos -como relatores especiales de las Naciones Unidas, la propia Comisión Interamericana de Derechos Humanos y el Grupo de Trabajo sobre empresas y derechos humanos del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas- han llamado la atención sobre esta problemática y han manifestado que Perú está claramente incumpliendo con sus obligaciones internacionales a través de la tolerancia de este tipo de convenios.

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